Tribunal mantiene en prisión preventiva a estadounidense que disparó a manifestantes en Reñaca

Publicado el at 23/07/2020
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TOP de Viña del Mar rechazó la solicitud de la defensa argumentando que sigue siendo un peligro para la sociedad

VIÑA DEL MAR.- El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Viña del Mar, a petición de la defensa,  revisó este jueves las medidas cautelares de  John Cobin, el ciudadano estadounidense que fue acusado por el Ministerio Público como autor de dos delitos frustrados de homicidio, tras efectuar disparos en plena vía pública en el sector de Reñaca en noviembre pasado,  en medio de una manifestación ocurrida en el contexto del estallido social.

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El tribunal integrado por los magistrados Roxana Valenzuela Reyes (presidenta), Claudio Correa Zacarías y Juan Carlos Maggiolo Caro (redactor) rechazó la solicitud de la defensa, y mantuvo en prisión preventiva a Cobin, tras establecer que el imputado sigue siendo un peligro para la seguridad de la sociedad.

“El tribunal estimando que las condiciones que se tuvieron a la vista en el momento en que se dispuso la medida cautelar de prisión preventiva, esto es, peligro para la seguridad de la sociedad, resolución que fue confirmada por la Ilustrísima Corte de Apelaciones de Valparaíso, que dichos motivos no han sido modificados hasta la fecha y que efectivamente aún persisten; atendido además a la causa por la cual está sometido a proceso el acusado y la sanción penal probable, rechaza la solicitud de la defensa de modificar la medida cautelar”, consigna la resolución.

Asimismo, el tribunal al resolver la cautela de garantías planteada, ordenó oficiar a Gendarmería para que un médico de la institución penal examine a Cobin y precise si las molestias oculares que ha informado, requieren de tratamiento oftalmológico o que sea revisado por un especialista.

“El tribunal, atendido a lo expresado en el oficio del alcaide del Complejo Penitenciario de Valparaíso en el sentido en que el médico de dicha institución habría constatado según los dichos del acusado, que presenta un malestar en sus ojos y no habiendo una mayor precisión en cuanto al diagnóstico, ordena oficiar a Gendarmería para efectos de que sea revisado por un médico de la institución y que éste determine si requiere el tratamiento oftalmológico más precisos para efectos de esta dolencia y en caso de que sea requerido pueda ser visto por un profesional de la especialidad ya aludida, tanto particular, en algún centro público o vaya al mismo centro penitenciario a constatar la dolencia”, añade.

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