TOP de Valparaíso declaró culpable del delito de robo con homicidio a Patricio Bobadilla, mientras que el segundo imputado fue absuelto del crimen
VALPARAÍSO.- El Tribunal de Juicio Oral en lo Penal de Valparaíso dictó este jueves 18 de noviembre el veredicto condenatorio en contra de Patricio Bobadilla Moraga, imputado por el Ministerio Público en calidad de autor del delito de robo con homicidio de Peter Alan Winterburn, ciudadano canadiense que se encontraba de visita en Valparaíso. El crimen, tuvo lugar en un turístico sector del Cerro Alegre, en la ciudad puerto, el 21 de junio de 2019.
El juicio oral se desarrolló en contra de dos imputados, Patricio Bobadilla Moraga y Alejandro Prado Saavedra. Sin embargo, la sala integrada por las magistradas Jany Silva Dawson (presidenta), Marcela Osorio Páez y Verónica Rivera González (redactora), decidió absolver a Alejandro Prado Saavedra, a quien el ente persecutor le había sindicado también responsabilidad en el mismo delito.
“La prueba de cargo no fue concluyente para formar convicción, más allá de toda duda razonable, acerca de la participación del acusado Alejandro Prado Saavedra, principalmente, porque el Tribunal no contó con los dichos del único testigo directo que reconoció en sede policial a dicho acusado, impidiendo al Tribunal conocer de su propia persona, el relato prestado ante la PDI en relación a lo que había observado y especialmente, a los motivos por los cuales lo sindicó”, expone. El tribunal decretó el alzamiento de la medida cautelar de prisión preventiva aplicada en Prado Saavedra, ordenando su libertad inmediata.
LOS HECHOS
Para arribar a la decisión de condena, el tribunal consideró y valoró toda la prueba testimonial, pericial, documental, fotografías e informes rendidas durante el juicio oral, lo que permitió, más allá de toda duda razonable, adquirir la convicción de que “el día 21 de junio de 2019, en horas de la mañana, antes del mediodía, en circunstancias que la víctima de nacionalidad canadiense, Peter Alan Winterburn, paseaba con su grupo familiar por el cerro Alegre, Valparaíso, específicamente, por calle Templeman, a la altura del N° 833, fue abordado por Patricio Daniel Bobadilla Moraga y un segundo sujeto, que premunidos con armas blancas intimidaron a la víctima y forcejearon con ella, con el objeto de sustraer las especies que portaba consigo, en especial su mochila de color azul que mantenía abrochada en la parte delantera, que contenía la documentación personal del grupo familiar y otras,”.
Agrega que “…producto de la resistencia de la víctima, el imputado Bobadilla Moraga procedió a apuñalar a la víctima por la espalda, para luego en conjunto con el otro sujeto sustraerle la mentada especie, con ánimo de lucro y sin la voluntad de su dueño, huyendo ambos con ésta en su poder, quedando la víctima herida en el lugar”.
El Tribunal estableció que “producto de la acción de los sujetos, la víctima falleció en el lugar y la causa de muerte fue un shock hemorrágico agudo, un gran hemotórax izquierdo 2 y hemorragia externa, causada por una herida por arma corto punzante de bordes nítidos y vitales, penetrante a la cavidad torácica, la cual atravesó los planos musculares, perforando el cuarto músculo intercostal y provocando heridas en el lóbulo superior de su pulmón izquierdo, en la tráquea y en los vasos mayores del mediastino”, se especifica en el acta de deliberación.
Tras el fallo, la magistrada Jany Silva informó que la audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por la magistrada Rivera González- quedó programada para las 15 horas del próximo viernes 26 de noviembre.