Segundo Tribunal Ambiental acogió la solicitud de ejecutar de forma acotada algunas acciones del proyecto. Además, ordenó a la empresa monitorear y realizar acciones concretas para recuperar las especies del sector.
PUTAENDO.- El Segundo Tribunal Ambiental rechazó la solicitud de alzamiento de la medida cautelar de suspensión de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) del proyecto de sondajes de Compañía Minera Vizcachitas en Putaendo.
En otras palabras, se mantiene suspendida la RCA para ejecutar el proyecto de Vizcachitas.
Sin embargo, el Tribunal acogió parcialmente la solicitud que permite la ejecución limitada de la iniciativa, y a su vez ordenó realizar acciones dirigidas a monitorear y recuperar las especies bajo protección presentes en el sector.
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Cabe recordar que mientras se mantiene la investigación y no haya una resolución definitiva, el Segundo Tribunal Ambiental tiene la facultad de dictar medidas cautelares como mecanismo preventivo.
En este caso, la medida cautelar contra la compañía Vizcachitas fue la suspensión de la Resolución de Calificación Ambiental (RCA) que tenía para realizar su proyecto de sondajes en Putaendo. El principal argumento para sostener esta medida fue proteger al gato andino y a las madrigueras de vizcachas, especie que es una de las principales presas del felino.
EJECUCIÓN LIMITADA
La empresa solicitó el alza de la medida cautelar, la que fue rechazada por el Segundo Tribunal Ambiental. No obstante, el órgano autorizó que Vizcachitas ejecute de forma limitada algunas acciones de su proyecto.
Entre ellas, Vizcachitas podrá implementar faenas limitadamente por un periodo de 12 meses, lo que considera la utilización de 55 plataformas en la zona central (de un total de 99) y 2 plataformas en la zona norte (de 16 autorizadas por la RCA). En la zona sur, que tiene autorizadas 9 plataformas. No se permite ningún sondaje.
PROTECCIÓN DE ESPECIES NATIVAS
Las medidas ordenadas por el Segundo Tribunal Ambiental también consideran el diseño de un Plan de Monitoreo de las poblaciones de vizcachas y gato andino, para ser aplicado en el área de influencia de su RCA (N°14/2021) y en las áreas de distribución de las vizcacheras identificadas en el “Informe técnico del impacto no declarado de Minera Vizcachitas sobre el felino en mayor peligro de extinción de América el gato andino”, elaborado por un equipo de Seeking the Andean Cat.
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Compañía Minera Vizcachitas deberá presentar el plan al Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), para su aprobación, en un plazo máximo de 30 días hábiles, informar de ello al Tribunal, remitiéndole una copia del mismo.
Una vez aprobado, la empresa deberá reportar mensualmente al SAG los resultados de su aplicación, quien emitirá sus observaciones y/o conformidad con copia al Tribunal.
Asimismo, la compañía minera deberá presentar al Ministerio del Medio Ambiente una propuesta de Plan de Recuperación, Conservación y Gestión de la especie gato andino, de acuerdo con los requisitos que se establecen en el Reglamento para la Elaboración de Planes de Recuperación, Conservación y Gestión de Especies (D.S. N°1/2021).
La presentación de esta propuesta no deberá exceder los 3 meses, contados desde la notificación de la resolución que ordenó la medida cautelar.
Finalmente, se establece la prohibición a toda otra persona que dependa del proyecto, de ingresar perros a su área de influencia; el monitoreo de la ausencia de caninos, independientemente de su origen o propiedad; la instalación de señalética que prevenga sobre la eventual presencia de la especie en el lugar; la obligación de mantener y controlar la velocidad a un máximo de 40 km/hr en el camino de acceso al proyecto y a 30 km/hr en todos los caminos interiores.