Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos se abrirá en noviembre

Publicado el at 17/08/2022
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Será de acceso remoto, gratuito e inmediato

A partir de noviembre entrará en vigencia el Registro Nacional de Deudores de Pensiones de Alimentos, medida que estará a cargo del Registro Civil.

Su objetivo, es garantizar el cumplimiento del pago de las pensiones de alimentos a niños, niñas y adolescentes que tengan una madre o padre deudor; a fin de promover una vida digna.

Esta ley establece un mecanismo a cargo del Registro Civil, a través del cual se registra de manera electrónica a aquellos padres o madres que deban pensión de alimentos. La normativa establece las siguientes sanciones:

  • En la etapa de devolución de impuestos, la Tesorería General de la República podrá retener el dinero a los deudores de alimentos.
  • Cuando alguno de los tres poderes del Estado realice contrataciones o ascensos, al deudor se le retendrá un porcentaje de su sueldo para cancelar la deuda. Aplicable también a los cargos de elección popular y de alta dirección pública.

Según Chile Atiende, toda persona deudora quedará identificada en el registro en caso de tener pagos pendientes. El acceso será remoto, gratuito, inmediato y público para el uso de cualquier interés legítimo.

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¿Quiénes estarán en el registro?

De acuerdo a la información entregada por Chile Atiende, las siguientes personas estarán en el registro:

  • Las que estén obligadas a pagar pensión de alimentos fijada o aprobada por el tribunal, provisorios o definitivos.
  • Las que adeuden, total o parcialmente, al menos tres mensualidades consecutivas o cinco discontinuas.

Además, formar parte del registro implicará consecuencias como: la retención de un crédito bancario solicitado igual o superior a 50 UF, retención de la devolución de impuestos, rechazo de la licencia de conducir o pasaporte; y por último, la inhabilitación para ciertos beneficios estatales.

Información disponible

El registro deberá contar con los siguientes datos:

  • Nombre completo de la persona deudora.
  • Número de cédula de identidad o documento de identificación correspondiente.
  • Número de alimentarios afectados o afectadas.
  • Monto actualizado de la deuda.
  • Cantidad de cuotas adeudadas.
  • Individualización del tribunal que fijó o aprobó la pensión.
  • Datos de la cuenta para realizar el pago.

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