Segundo Tribunal Ambiental dejó sin efecto la declaración del humedal efectuada por el Ministerio del Medio Ambiente, que deberá considerar los antecedentes entregados por los reclamantes para la nueva delimitación del humedal
REPORTAJE.- El Humedal Urbano Estero Los Molles, con una superficie de 9,2 hectáreas, es un humedal continental, natural, ribereño, permanente, que pertenece a la cuenca costera Quilimarí- Petorca, ubicado en la comuna de La Ligua. Presenta una interacción entre sistemas naturales de agua dulce, marinos y terrestres, conteniendo una flora y fauna característica, donde habitan especies como cisnes de cuello negro, garza grande, pato jergón grande, pato jergón chico, tagua, coipo y ratón oliváceo; siendo además sitio de nidificación de aves residentes y resguardo de aves migratorias.
Por estas características, el humedal tiene una alta valoración para los habitantes de la zona, que lo sienten parte de su patrimonio histórico y han luchado por resguardar sus características ecológicas, para defenderlo de la amenaza que significa el desarrollo de proyectos inmobiliarios.
Tribunal ordenó delimitar nuevamente
Y es en este sentido, que tras la reclamaciones de vecinos y de una empresa inmobiliaria que construía en la zona, llegó al Segundo Tribunal Ambiental , que resolvió dejar sin efecto la resolución del Ministerio del Medio Ambiente del 13 de febrero de 2021, que declaró el Humedal Urbano “Estuario Los Molles”, ordenándole delimitar nuevamente el área del humedal. Para ello, deberá tomar en consideración las observaciones planteadas por quienes presentaron dos reclamaciones al tribunal.
La primera reclamación, acogida íntegramente, fue interpuesta por un grupo de vecinos de la localidad, agrupados en el movimiento ciudadano Cabildo Abierto Los Molles, quienes sostienen que la resolución de la autoridad ambiental excluyó de la declaratoria “una superficie relevante del perímetro del humedal”. La segunda reclamación, acogida parcialmente, fue presentada por Inmobiliaria Lilén S.A., solicitando al Tribunal que deje sin efecto la declaratoria de humedal, argumentando que se reconoció como parte del humedal a terrenos que no cumplen con los requisitos para serlo.
“La Resolución Exenta 1.160, de 13 de octubre de 2021 del MMA, no consideró adecuadamente los antecedentes aportados por las partes en el periodo legalmente establecido para tales efectos, ni fue suficientemente motivada, en particular a la decisión final de la delimitación de dos polígonos que conforman el humedal urbano declarado”, concluye la sentencia del tribunal, integrado por los ministros Cristián Delpiano Lira, presidente (s), Cristián López Montecinos (redactor) y Alejandro Ruiz Fabres.
Con ello, instruye que el nuevo proceso de delimitación debe tomar en consideración aquellos aspectos expresados en la parte considerativa de la sentencia, “haciendo especial hincapié en la conexión hidrológica y sustentabilidad del humedal, elemento considerado en los criterios para la sustentabilidad previstos en el artículo 3° en relación con exigido por el artículo 8° ambos del Reglamento de Humedales Urbanos”.
Siguen paralizadas las obras
En tanto, el Tribunal determinó mantener la medida cautelar de paralización de toda actividad de construcción dentro del polígono del humedal que se encuentra controvertido, mientras no finalice el nuevo procedimiento de declaratoria del humedal urbano Los Molles.
Tal como lo ha sostenido en sentencias anteriores, asociadas a humedales urbanos, el Tribunal aclaró que la declaratoria de humedal urbano, “no les niega a los propietarios la posibilidad de seguir ejerciendo sus derechos sobre los lotes involucrados, solo se les hace evidente su condición de humedal, para lo cual deberán elevar los estándares ambientales para cumplir con esta nueva exigencia”.
Evitar arbitrariedades
En su análisis de la causa, específicamente en relación con la debida consideración de los antecedentes adicionales aportados tanto por los vecinos de Los Molles como por Inmobiliarias con proyectos de construcción en el sector, el Tribunal concluyó que todas las observaciones y antecedentes dicen relación con aspectos o temas que se encuentran vinculados a la declaratoria del humedal urbano Los Molles y que finalmente podían incidir en su delimitación.
Al respecto, enfatizó que la pertinencia de estos antecedentes no puede acotarse estrictamente a los criterios del artículo 8° del Reglamento de Humedales Urbanos, sino que se debe optar por un alcance de carácter amplio; como tampoco basta señalar que los antecedentes aportados son pertinentes, sino que, además, se deberá explicar fundadamente de qué manera éstos han sido ponderados por el Ministerio del Medio Ambiente.
“Ello, atendido que esta es la única oportunidad que tienen los interesados en la declaratoria de humedal urbano para participar del proceso en cuestión”, dice el fallo y destaca “el objetivo de la motivación del acto administrativo es, entre otros, evitar el abuso y arbitrariedad por parte de la Administración y permitir la impugnación eficaz de los tales actos que garantice un real derecho a defensa de los administrados”.
La sentencia, puntualiza que la actuación del Ministerio lleva a determinar que la resolución reclamada, que declaró el humedal urbano, adolece de un vicio de legalidad por falta de debida fundamentación, al no abordar las observaciones planteadas por los reclamantes ni otorgar una respuesta razonada a los antecedentes adicionales presentados en el periodo contemplado en el artículo 9° del Reglamento de Humedales Urbanos; y califica este vicio como esencial “al vulnerar las garantías básicas de todo procedimiento administrativo y, en especial, porque la falta de consideración y razonamiento acerca de los antecedentes adicionales aportados por los reclamantes incide en un elemento principal de la declaración del humedal, referido a su debida delimitación”.
Visita inspectiva
Cabe recordar que el 18 de julio de 2022, los ministros del Segundo Tribunal Ambiental realizaron visita inspectiva al humedal urbano Estuario Los Molles tras las dos reclamaciones en contra de la resolución del Ministerio del Medio Ambiente que declaró dicha área como humedal.
La inspección fue encabezada por los ministros Alejandro Ruiz, presidente, Cristián Delpiano y Cristián López, quienes acudieron en compañía de profesionales del área jurisdiccional y técnica del Tribunal, además de representantes de todas las partes en disputa.
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