La nueva Ley Fogape fue promulgada por el presidente Sebastián Piñera como una de las medidas económicas para enfrentar el Covid-19
NACIONAL.- A eso del mediodía de este martes, el presidente Sebastián Piñera anunció la nueva ley que otorgará una Capitalización del Fondo de Garantías para Pequeños Empresarios, llamada “Fogape”, la cual entregará facilidades para que los pequeños y medianos empresarios accedan a préstamos.
Según explicó el mandatario, “hoy parte otro mecanismo de protección que es esencial para la micro y pequeña y mediana empresa. Las empresas necesitan liquidez y capital de trabajo para sobrevivir, por esa razón hoy parte la ley Fogape, que va a inyectar ese capital de trabajo, que es algo que va directo a la vena de las necesidades de las empresas”.
Piñera detalló que va a “permitir garantía que sustenten líneas de crédito por hasta 24 mil millones de dólares, los préstamos van a ser hasta 3 meses de renta de las empresas en un año normal, como entre agosto y septiembre de 2019. Las garantías van desde el 85% del préstamo hasta el 60% dependiendo del tamaño de la empresa”.
“Los plazos van a tener 6 meses de gracia y el periodo de pagos va a ser entre 24 y 48 meses. La taza de interés va a ser, si descontamos inflación, muy cercana a 0%, que sin duda es mucho menor a lo que pagan actualmente. Este es un crédito que tiene que ser expedito, masivo, estandarizado, simple. queremos que favorezca a un millón de empresas o personas con inicios de actividades y que cumplan con requisitos de elegibilidad. Este programa favorece al 99,8% de las empresas y personas con inicio de actividades de nuestro país”, agregó el presidente.
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PREGUNTAS Y RESPUESTAS SOBRE LA LEY
¿Quiénes pueden solicitar el fondo?: Personas naturales o jurídicas que no excedan ventas anuales de UF 1.000.000 al momento de solicitar el crédito.
¿Para qué se puede utilizar el financiamiento?: Para cubrir necesidades de capital de trabajo de la empresa, incluyendo pago de remuneraciones y obligaciones previsionales, arriendos, suministros y facturas pendientes de liquidación, obligaciones tributarias, boletas de garantía, gastos de seguros, gastos asociados al otorgamiento de Líneas, y cualquier otro gasto que sea indispensable para el funcionamiento de ésta.
¿Para qué NO se puede utilizar el financiamiento? Para el pago de dividendos, retiro de utilidades, préstamos a personas relacionadas o cualquier otra forma de retiro de capital. Asimismo, no podrán usarse los fondos para amortizar, pre-pagar o refinanciar créditos que la empresa tenga al momento de solicitar el financiamiento. Tampoco podrán destinarse para la adquisición de activos fijos, salvo el reemplazo de activos esenciales para el funcionamiento de la empresa.
¿Qué instituciones financieras pueden participar? Bancos, sus filiales y Cooperativas de Ahorro y Crédito.
¿Qué empresas no pueden utilizar el fondo? Los créditos con garantía estatal no podrán ser otorgados a empresas que estén sujetas a procedimientos para reorganizar o liquidar sus pasivos y activos. Tampoco podrán acceder micro o pequeñas empresas que se hayan encontrado en situación de mora en el sistema bancario superior a 30 días al 31 de octubre de 2019, o empresas medianas y grandes que se hayan encontrado en situación de mora en el sistema bancario superior a 30 días al 31 de marzo de 2020. Estas restricciones no serán aplicables cuando las empresas hayan dejado de estar en mora al momento de solicitar el financiamiento.