Nueva ley de acoso sexual callejero: estos son los actos que serán penalizados

Publicado el at 03/05/2019
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El proyecto “Respeto Callejero” fue un arduo trabajo del Observatorio Contra el Acoso Chile (OCAC)

NACIONAL.- Una alegría masiva entre las mujeres chilenas se desató la mañana de este viernes 3 de mayo, por el anuncio de la ministra de la Mujer y la Equidad de Género, Isabel Plá, donde señaló que “a partir de hoy, el acoso sexual en espacios públicos está sancionado con la ley N.2.1.1.5.3”.

Tras cinco años de trabajo, el proyecto “Respeto Callejero” desarrollado por el Observatorio Contra el Acoso Chile (OCAC), obtuvo la máxima aprobación para convertirse en ley y avanzar en la seguridad de niñas y mujeres en los espacios públicos.


Pero puntualmente, ¿Qué será considerado como “acoso sexual callejero”? El proyecto señala claramente que “comete acoso sexual el que realizare, en lugares públicos o de libre acceso público, y sin mediar el consentimiento de la víctima, un acto de significación sexual capaz de provocar una situación objetivamente intimidatoria, hostil o humillante, y que no constituya una falta o delito al que se imponga una pena más grave”.

El tipo de actos considerados acoso sexual pueden ser:

Actos de carácter verbal o ejecutados por medio de gestos. En este caso se impondrá una multa de una a 3 UTM (145 mil pesos)

Conductas consistentes en acercamientos o persecuciones, o actos de exhibicionismo obsceno o de contenido sexual explícito. En cualquiera de estos casos se impondrá la pena de prisión en su grado medio a máximo (entre 21 y 60 días) y multa de 5 a 10 UTM (241 mil a 483 mil pesos).

Asimismo, el documento detalla sanciones para la persona que difunda este material de connotación sexual captado en lugares públicos con la pena de presidio y una multa entre 10 y 20 UTM (483 mil a 967 mil pesos). Por otro lado, en el caso que sea la misma persona quien capta el material audiovisual y lo difunde, se le sancionará con una pena grado mínimo a medio (entre 61 días y 3 años y un día) y multa de 20 a 30 UTM (967 mil a 1 millón 450 mil pesos).

 

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