No es verdad que en Chile se cambiará “mujer” por “persona menstruante”

Publicado el at 18/05/2022
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Se  trata de un proyecto de ley que reconoce que todas las personas con capacidad de menstruar, independientemente de su identidad de género, son titulares del derecho a una gestión menstrual libre y digna

TENDENCIAS.-  La circulación de una noticia de un portal católico, fue el puntapié inicial de una polémica que se ha instalado por estos días en redes sociales, donde los internautas atribuyen que el actual gobierno  busca cambiar la palabra “mujer” por el término “persona menstruante”.

Fue un artículo que publicó el portal InfoCatólica  el 14 de mayo, el cual titula “El Congreso chileno aprueba nuevo proyecto que reemplaza la palabra «mujer» por «persona menstruante»”, junto a una fotografía de la ministra de la Mujer, Antonia Orellana, con el puño levantado, el que rápidamente se hizo viral. Incluso fue replicado en varios portales de noticias  internacionales, dando paso a la discusión en redes sociales. 

Sin embargo, esta información es imprecisa, porque no se refiere a cambiar el término mujer en general, sino de una modificación específica que se hizo a un proyecto de ley sobre los derechos menstruales, el cual fue presentado el 2021 y recién pasó a discusión al Senado. La modificación incluyó a las personas menstruantes, independiente de su identidad de género

¿POR QUÉ SE HABLA DE  “PERSONA MENSTRUANTE”? 

Este proyecto usa el término “persona menstruante” para incluir no solo a las mujeres, sino que también a las personas transgénero y no binarias, lo que fue analizado en su discusión, debido a que el término “mujer” generaría problemas con la Ley de Identidad de Género, para personas que sí menstrúan, pero  se identifican como hombres trans y personas no binarias.

SOBRE EL PROYECTO DE LEY 

Cabe recordar que este  un proyecto de ley que está en tramitación desde  septiembre de 2021, el cual, tras ser aprobado en la cámara de Diputados, pasó a tramitación al Senado. El proyecto fue presentado por las diputadas Karol Cariola, Natalia Castillo, Daniella Cicardini, Maya Fernández, Marcela Hernando, Carolina Marzán, Claudia Mix, Erika Olivera, Maite Orsini y Marisela Santibáñez.

En el primer artículo propuesto, se establece que “el Estado de Chile reconoce que todas las personas con capacidad para menstruar, independientemente de su condición, son titulares del derecho a una gestión menstrual libre y digna”.

En síntesis, el proyecto detalla como obligaciones estatales fomentar una buena salud y gestión menstrual. Junto a esto, facilitar el derecho al acceso a productos de gestión menstrual sometidos a un estricto control de calidad,  para garantizar su seguridad y promueve el uso de productos sustentables. La norma también fomenta la implementación de programas para informar, veraz y adecuadamente, sobre la menstruación y sus vínculos con la salud. Además, establece el deber de facilitar la capacitación de profesionales de la educación sobre estos contenidos, entre otras obligaciones.

Cuando pasó por la cámara de Diputados, quienes votaron a favor valoraron que el proyecto se refiera a personas con capacidad de menstruar para incluir a los hombres trans y personas no binarias. De igual modo, destacaron el avance en equidad económica, al hacer que el Estado garantice el acceso a productos de gestión menstrual.

También se valoró el aporte en evitar el ausentismo escolar de adolescentes que, por no tener acceso a estos productos, no pueden asistir a clases. Junto a esto, se alertó sobre la vulneración a esta norma que implica no tener acceso al agua.

 


Imagen principal referencial: freepick

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