Dirección Regional del Trabajo multó a empresas que obligaban a sus trabajadores a exceder las jornadas legales de labores. Las más repetidas son las de conserjes y guardias. Sanciones aplicadas alcanzaron casi $57 millones
Esta mañana, la Dirección Regional del Trabajo (DRT) entregó detalles de una fiscalización al cumplimiento de la Jornada Laboral dentro de la Región de Valparaíso. El dato más sorprendente fue que se cursaron sanciones por casi 57 millones de pesos a empresas de distintos rubros. La razón: obligaban a sus trabajadores a cumplir jornadas de labores que exceden lo legalmente permitido.
La detección de estas infracciones fue posible gracias a un programa de fiscalización aplicado entre febrero y abril, en 85 empresas de toda la región. La muestra de las empresas fiscalizadas fue extraída de aquellas a las que anteriormente la DRT les había rechazado sus solicitudes para aplicar jornadas excepcionales a sus trabajadores.
Estas fiscalizaciones constataron que, luego de que le fueron rechazadas las jornadas excepcionales, las empresas obligaron a sus trabajadores a laborar más horas de lo establecido en el Código del Trabajo.
Multas de la Dirección del Trabajo a empresas de guardias y conserjes
El director regional del Trabajo, Cristián Chahuán, explicó que la idea de las fiscalizaciones fue “saber si estas empresas habían acatado el rechazo a sus solicitudes o lo habían desobedecido, y nos encontramos con que muchas de ellas efectivamente estaban burlando nuestra decisión a través de la aplicación de jornadas de trabajo que superaban los límites horarios legales, lo cual es muy lamentable y justifica plenamente estas fiscalizaciones proactivas”, dijo
Coherente con lo afirmado por la autoridad, la Dirección Regional del Trabajo de Valparaíso cursó 43 multas por un total de $56.873.470.
La mayor infraccionalidad fue descubierta en las empresas que proveen conserjes en los edificios y en las de guardias de seguridad.
La mayoría de las sanciones correspondió a los conceptos “distribuir jornada semanal ordinaria de 45 horas en más de 6 días y menos de 5 días” y “exceder jornada ordinaria diaria máxima de 10 horas”.
Las vulneraciones a las jornadas de trabajo acarrean multas de entre 3 y 60 Unidades Tributarias Mensuales, dependiendo de si se trata de micros, pequeñas, medianas o grandes empresas.