“Ley Jacinta” exigiría certificado médico para sacar o renovar licencia de conducir

Publicado el at 4:50 pm
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Proyecto de ley inicialmente contemplaba exigir el documento a mayores de 65 años, lo que se consideró discriminatorio

 

En agosto de 2022, un conductor de 80 años que manejaba un auto impactó a otro vehículo menor, provocando que éste atropellara el coche donde los padres de Jacinta González, de cinco meses, la paseaban, causando su muerte.

El hecho redundó en una iniciativa legislativa denominado “Ley Jacinta”, que pretende modificar la ley de tránsito y aumentar las exigencias para obtener y renovar la licencia de conducir exigiendo un certificado médico de idoneidad, especialmente en el caso de adultos mayores.

En específico la norma contemplaba la exigencia de un certificado emitido por médico geriatra o neurólogo, que acreditara tener capacidades físicas y motoras aptas para manejar un vehículo.

No obstante, durante su tramitación, esta norma fue considerada por expertos como discriminatoria, por lo cual parlamentarios presentaron indicaciones a la ley estableciendo la ampliación de dicha exigencia a todos quienes deseen acceder a la licencia de conducir, independientemente de su edad.

Según consigna El Mercurio, Max Schnitzer, abuelo de Jacinta, señaló que “esto fue en un inicio para los adultos mayores de 65 años, en donde se consideraba que fuera más estricta la entrega de licencias y por un período más acotado. Sin embargo, después de juntarnos con distintos actores nos dimos cuenta de que esto era necesario ampliarlo para todos los mayores de 18 años”, agregando que el proyecto cuenta con una medida preventiva y siete de carácter proteccional. “Pero no va a tener ni una sola palabra sobre los adultos mayores, ya que esto podía ser considerado discriminatorio”, comentó.

De esta forma, el proyecto propone agregar al artículo primero de la Ley de Tránsito que “en caso de que el postulante sí padezca alguna enfermedad señalada en el reglamento para el otorgamiento de licencias de conducir, el médico deberá dejar constancia de que el postulante se encuentra en tratamiento médico y de su aptitud para la conducción de un vehículo”.

Por otra parte establece que “aquel solicitante de licencia (…) que padezca cualquier enfermedad que por su tratamiento afecte de cualquier forma la capacidad psicomotora del peticionario, se denegará sin más trámite su solicitud”.

Asimismo en el artículo segundo se añade que “en casos calificados y siempre que la deficiencia no sea grave, se podrá otorgar licencia de conductor no profesional restringida”.

El proyecto también considera medidas como el fuero laboral por un año para aquellos padres de menores de edad que sufran lesiones gravísimas o la muerte en un accidente.

Finalmente cabe señalar que el proyecto, con su nuevo articulado, sería reingresado en las próximas semanas para su tramitación.

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