El director del establecimiento dijo que la medida “nos deja en desventaja al no poder aplicar la Ley “Aula Segura”
LA LIGUA.- La Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de protección interpuesto por la representante de B.V.M., de 15 años, estudiante del segundo medio del Colegio Maese Da Vinci, ordenando al establecimiento dejar sin efecto la expulsión, cancelación de matrícula y la prohibición de ingreso impuestas al alumno.
Las medidas fueron adoptadas por el colegio luego que el pasado 2 de mayo, a eso de las 16:30 horas, B.V.M. se enfrascara en una riña con el alumno J.S.C., también de 15 años, a causa de antiguas rencillas por un casillero, pelea que duró algunos segundos. Al ser separados, los encargados del colegio citaron a las respectivas apoderadas y les comunicaron lo ocurrido, sin embargo, les habrían negado la posibilidad de ver las grabaciones captadas por las cámaras de seguridad.
Según relata la madre de B.V.M., al día siguiente le entregaron una notificación, donde se le señalaba que en este caso se aplicaría la ley “Aula Segura”. De acuerdo a dicha normativa, los dos alumnos fueron suspendidos por cinco días -durante los cuales debieron explicar lo ocurrido- y al cumplirse la medida, J.S.C. se reincorporó a clases en calidad de condicional, en tanto B.V.M. fue expulsado, medida que fue apelada por su familia.
Cuando el alumno expulsado llevaba cerca de 15 días sin clases y sin haber recibido respuesta a la apelación, las madres de ambos involucrados -que ya habían acordado zanjar el tema sin represalias de ningún tipo- decidieron solicitar una medida de protección en el Tribunal de Familia con el fin de que la justicia ordenara la reintegración del alumno a clases.
Así, el 22 de mayo el juzgado ordenó la reincorporación del estudiante, lo cual se materializó al día siguiente. Debido a ello, el establecimiento interpuso un recurso de apelación en contra de la resolución del 22 de mayo, ante la Corte de Apelaciones de Valparaíso.
De este modo y en fallo unánime, la Segunda Sala del tribunal de alzada -integrada por la ministra María Eugenia Vega, la fiscal judicial Jacqueline Nash y el abogado (i) Guillermo Oliver- estableció que las medidas tomadas por el establecimiento fueron arbitrarias e ilegales, al no estar contempladas en el reglamento interno del establecimiento.
“Es posible estimar que el recurrido si bien cumplió con las etapas de denuncia, investigación y resolución que establece el procedimiento establecido en su Reglamento Interno, en el análisis de los hechos, su calificación y las razones que tuvo para decidir la medida de expulsión y cancelación de la matrícula del alumno que se contienen en las Resoluciones Nº 2 y 6, incurrió en una incorrecta e inadecuada aplicación del mismo, fundamentalmente al no haber agotado las posibilidades de resolver el conflicto mediante negociación, mediación o arbitraje, cuestión (que) el Reglamento establece como prioritaria“, consigna el fallo.
Además, la resolución expresa que se daban las condiciones óptimas para llegar a un acuerdo y tomar medidas para que los alumnos aprendan a solucionar sus conflictos sin violencia. Por último, en el documento se estableció que el establecimiento deberá costear el dinero de los trámites.