Manipular un celular o dispositivo electrónico mientras se conduce ahora se sanciona con multas y suspensión de licencia de conducir. Incluye semáforo en rojo, señal PARE y detención por congestión
NACIONAL.- Este martes 12 de octubre se publicó en el Diario Oficial la Ley N° 21.377, conocida como Ley “No Chat”, que modifica la Ley de Tránsito con el fin de aumentar las sanciones por usar dispositivos móviles o electrónicos durante la conducción de un vehículo, incluso si se usan en semáforo en rojo, señal PARE y detención por congestión.
Fueron 6 años de tramitación para que este proyecto se haga realidad, tras la iniciativa impulsada por la ONG No Chat en 2015, con la intención de disminuir la violencia vial, y para que los conductores dejaran la costumbre de hablar por teléfono mientras están al volante.
La ONG argumentó mediante un estudio que quienes utilizaron WhatsApp mientras conducían tendían a conducir en “zigzag”, a bajar intempestivamente la velocidad, no respetar la señalética e incluso a subirse a la vereda, evidenciando que es uno de los factores mayor riesgo a la hora de manejar. El estudio arrojó que la sola acción de atender el teléfono o chatear mientras se conduce quintuplica la posibilidad de atropellar a un peatón.
SANCIONES
Con la promulgación de la ley, se considerará como infracción gravísima la manipulación de un dispositivo móvil o cualquier otro artefacto electrónico o digital, que no venga incorporado de fábrica, excepto si la acción se realiza a través de un sistema de manos libres, según las especificaciones que determine el reglamento.
Las infracciones gravísimas son sancionadas con multas entre 1,5 a 3 UTM ($ 78.946 – $ 157.893 aproximadamente), además de la suspensión de la licencia de conducir, por un plazo entre 5 a 45 días, el cual puede subir de 45 a 90 días en caso de reincidencia, esto es, dos infracciones gravísimas dentro de los últimos 12 meses.
Puedes revisar la ley publicada AQUÍ