Elecciones 7 de mayo de 2023: ¿puedo votar con la cédula vencida?

Publicado el at 6:17 pm
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Elecciones 7 de mayo de 2023: ¿puedo votar con la cédula vencida?

Elecciones 7 de mayo y plebiscito de diciembre admitirán utilizar ciertas cédulas de identidad que hayan expirado.

TENDENCIAS.- El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos anunció que las cédulas de identidad y pasaportes vencidos desde el 1 de enero de 2020 serán válidos para su utilización en las elecciones del 7 de mayo de 2023 para la Elección de consejeros constitucionales, así como para el Plebiscito de diciembre próximo.

Las seremis de Gobierno, María Fernanda Moraga, y de Justicia y Derechos Humanos, Paula Gutiérrez Huenchuleo, junto al director regional (s) del Servicio de Registro Civil e Identificación de Valparaíso, Rodrigo Ureta, señalaron que la extensión de la vigencia de documentos permitirá a los electores su identificación frente a los vocales de mesa, permitiendo a los votantes que no han podido renovar su cédula de identidad o pasaporte puedan acudir a las urnas sin ningún problema.

Junto con invitar a votar el próximo domingo, la seremi de Gobierno de Valparaíso, María Fernanda Moraga dijo: “Recordar que estamos en un proceso cuyo carácter es obligatorio pero, además de ser una obligación, es derecho participar en este nuevo proceso democrático”. Agregó: “Nuestra región tiene aproximadamente 1 millón 650 mil personas con derecho a votación, y eso hace, además, que sea una responsabilidad regional acudir a las urnas el próximo 7 de mayo”.

Elecciones 7 de mayo de 2023: ¿puedo votar con la cédula vencida?

Elecciones de consejeros constitucionales: ¿por cuántas personas hay que votar?

Las personas electas este domingo serán los encargados de redactar la Constitución en este nuevo proceso constitucional y que una de las preguntas más recurrentes ha sido por cuántas personas hay que votar, a lo que señaló que la papeleta tiene, en la región de Valparaíso, 30 candidatos y candidatas de los que se debe marcar una única preferencia. 

Sólo existen dos documentos de identificación válidos para votar, que son la cédula de identidad y el pasaporte.

“Por tanto, no se puede votar con ningún otro instrumento, como la licencia de conducir, que es la pregunta típica que tenemos en estos procesos y, quien no pueda votar por no tener ni cédula ni pasaporte, debe excusarse en Carabineros, que es el trámite específico respecto de la pérdida o el extravío. No se puede tampoco votar con la papeleta de renovación de la cédula, otra pregunta recurrente que nos hacen y que nos parece necesario aclarar ya que serán los vocales de mesa los que le impedirán el ejercicio del voto a las personas que no cuenten con los instrumentos pertinentes”, indicó la seremi de Justicia y Derechos Humanos, Paula Gutiérrez.

En este mismo proceso, indicó el director regional (S) de Registro Civil, Rodrigo Ureta, habrá personas que hicieron “cambio de nombre o de sexo registral. En este caso, a contar del día 27 de enero, cuando se cerraron las inscripciones del Registro Electoral, de esta fecha hacia atrás se podrá ver reflejado ese cambio en el registro”.

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