El hombre continuó repitiendo las vejaciones en la comuna de Puerto Varas, lugar donde las menores revelaron su pesadilla
VIÑA DEL MAR.- El tribunal Oral en lo Penal de Viña del Mar declaró culpable a Gerardo Andrés Becerra Curín, por los delitos consumados y reiterados de abuso sexual y violación impropia de menores de 14 años de edad y de violación propia de mayor de 14 años, hijas de su pareja, hechos ocurridos a lo largo de 8 años en distintas ciudades de la Región de Valparaíso y la Región de Los Lagos.
El hombre se encontraba en prisión preventiva desde el año 2018, tras la denuncia que emanó desde el colegio de las menores en Puerto Varas, lugar donde se había trasladado la familia tras vivir en la comuna de Quilpué. Al momento de la denuncia las menores tenían 13 y 15 años; sin embargo las vejaciones se venían repitiendo desde el año 2010, en las comunas de Quilpué, Limache, Viña del Mar y Puerto Varas; lugares donde el sujeto aprovechaba las salidas laborales de la madre de las menores, para atacar a sus víctimas.
Una vez que fue denunciado, Gerardo Becerra volvió a Quilpué y se refugió en casa de familiares, donde logró ser detenido, formalizado y enjuiciado finalmente en el tribunal viñamarino. Fue así que este jueves en resolución unánime, el tribunal –integrado por los magistrados Cristóbal Lira Orphanopoulos (presidente), Viviana Poblete Vera y Claudio Correa Zacarías (redactor) “tras la deliberación de rigor, dio por acreditado tanto la comisión de los delitos como la participación culpable de Becerra Curín en los hechos”.
“Gerardo Andrés Becerra Curín, respecto a los hechos anteriormente relatados, los realizó abusando de la calidad de cónyuge de la madre de las ofendidas, estando a cargo del cuidado y educación de las menores”, consigna el acta de deliberación, agregando que “respecto de la circunstancia agravante especial de responsabilidad penal del artículo 368 del Código Penal, esto es, el haber sido cometidos los delitos por el encargado de educación y cuidado de las menores, el tribunal estima la misma como concurrente para los delitos de la letra a) y b) del numeral 4° precedente. Lo anterior, por cuanto de la prueba presentada quedó establecido que, durante largos períodos, en la calidad de conviviente de la madre de las menores y luego cónyuge de la misma, el acusado tenía un rol de cuidado y protección de las menores, rol del que precisamente se aprovechó para proveerse de las oportunidades para cometer sus delitos”, añade.
La audiencia de comunicación de la sentencia –que será redactada por el magistrado Correa Zacarías– quedó programada para las 15 horas del próximo miércoles 25 de agosto.