Condenan a la Municipalidad de Nogales por daño ambiental en El Melón

Publicado el at 13/08/2024
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Condenan a la Municipalidad de Nogales por daño ambiental en El Melón

El Municipio nogalino tiene un plazo de 60 días corridos, desde la notificación de la sentencia, para presentar un plan de reparación del daño ambiental provocado por su Planta de Tratamiento de Aguas Servidas.

NOGALES.- El Segundo Tribunal Ambiental acogió la demanda por reparación de daño ambiental interpuesta por un grupo de vecinos de El Melón en contra de la Municipalidad de Nogales. Todo a propósito del mal funcionamiento que tiene la Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) a titularidad de este municipio, situación que dio por comprobada el juzgado medioambiental.

Así lo consigna el fallo emitido por la entidad: “Dado que el Tribunal pudo verificar, cuantitativamente, que la PTAS El Melón es fuente de malos olores que superan la normativa ambiental de referencia, y que las aguas de su efluente superan los valores permitidos de contaminación fecal; y no habiendo otras fuentes de contaminación y afectación al medio ambiente en el sector a las cuales pueda atribuirse el daño ambiental constatado en los acápites precedentes, forzoso es concluir que es la conducta atribuida a la Municipalidad demandada la única causa directa e inmediata del daño ambiental a los componentes del medio ambiente determinados en esta sentencia”.

Condenan a la Municipalidad de Nogales por daño ambiental en El Melón
La Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS) administrada por la Municipalidad de Nogales.

El Tribunal estuvo integrado por los ministros Cristián Delpiano Lira, presidente (s), y Cristián López Montecinos, y la ministra Paola Hasbún Mancilla, de la Ilma. Corte de Apelaciones de Santiago. La sentencia fue redactada por el ministro Delpiano.

Municipio ingresó trámite para crear una planta mejorada de tratamiento de aguas servidas

La alcaldesa de Nogales, Margarita Osorio, recordó que entregó su apoyo a la demanda iniciada por los vecinos cuando era candidata a su primer período como gobernante. También comentó que la Municipalidad apeló al primer veredicto que los condenó, ya que en esa instancia le interpusieron una multa de $5 mil millones de pesos, que equivalía a cerca del 60% de lo que recibe el Municipio del Fondo Común Municipal.

Escucha las palabras de la jefa comunal:

La jefa comunal, Margarita Osorio, explicó que se había llegado a un acuerdo para mejorar la planta: “Tuvimos que hacer un plan de trabajar un proyecto a cuatro años de inversión. Esa inversión, aprobada por el Gobierno Regional, incluía a la planta de tratamiento, que se pusieron $3 mil millones de pesos. Esa planta, para hacerla de nuevo, ya no va a salir $3 mil millones de pesos, pero ya fui la semana pasada a hablar con el Gobierno Regional y me dijeron ‘alcaldesa, no se preocupe, mientras avanza el proyecto en el SEA (Servicio de Evaluación Ambiental), en lo que salga el proyecto, puede que salga aproximadamente $6 mil millones. Ese proyecto nosotros lo tenemos que ingresar al Gobierno Regional y lo que falta, yo voy a golpear las puertas nuevamente al Gobierno Regional, que si sale $6 mil, me tienen que dar $3 mil millones más para meterlo ahí y para tener nuestra planta nueva”.

Alcaldesa Margarita Osorio
Alcaldesa de Nogales, Margarita Osorio.

Generación de olores y responsabilidad

Para llegar a la sentencia condenatoria, el Tribunal Ambiental no sólo revisó los antecedentes expuestos en el expediente por demandantes y demandados, sino que además realizó dos inspecciones a la planta de tratamiento El Melón, con el objeto de constatar en terreno alguno de los hechos imputados por las demandantes.

Además, como consecuencia de los malos olores verificados durante la primera inspección, el Tribunal ordenó la realización de un peritaje a una Entidad Técnica de Fiscalización Ambiental (ETFA), para disponer de mediciones cuantitativas de olor en la planta y en sectores aledaños.

“Sobre la base de los resultados contenidos en el Informe Pericial Salimax-2022, el Tribunal puede constatar que se presentan altas concentraciones de olor en diferentes unidades de la PTAS El Melón, siendo las más elevadas las medidas en la Planta Elevadora de Aguas Servidas (PEAS), la Cámara de Rejas, la Piscina de Aireación 1 y el Tratamiento de Filtración Secundaria. No obstante, estas concentraciones, si bien por sí mismas constituyen una afectación al medio ambiente, es necesario analizar su impacto sobre la salud de la población humana, dada la relevancia de este último elemento”, indica la sentencia.

Planta de Tratamiento de Aguas Servidas (PTAS)
A mediados de 2022 dos ministros del Tribunal Ambiental hicieron una visita fiscalizadora a la planta de El Melón.

Se superó el umbral de olor tolerable en zonas como la Villa Disputada y el Colegio El Melón

En relación con este último punto, el Tribunal detalla que los resultados del Informe Pericial demuestran que la dispersión de olores desde la PTAS, determinada a través de concentraciones proyectadas de olor, alcanza valores que superan los niveles tolerables para la población humana de acuerdo con la normativa de referencia UNE-EN-13725.

El valor límite fue superado en la plaza de la Villa Disputada, un receptor cercano ubicado al norte de Villa; el Colegio El Melón y un receptor cercano ubicado al poniente de la Villa.

“Por todo lo anterior, a juicio de esta judicatura, de los antecedentes expuestos en los considerandos precedentes, apreciados conforme a las reglas de la sana crítica en los términos del artículo 35 de la Ley Nº 20.600, es posible inferir que ha habido una afectación (pérdida, disminución, detrimento o menoscabo) a la salud de la población de Villa Disputada de la comuna de Nogales, debido a los malos olores alegados y que el Tribunal pudo tener por acreditados”, comunica el fallo.

Plan de reparación

Acto seguido, los ministros concluyen que en el presente caso se cumple con el criterio de permanencia de la afectación por malos olores, considerando un periodo de tiempo que va, a lo menos, entre diciembre de 2013 (primera denuncia de la comunidad) y noviembre de 2023 (última visita inspectiva del Segundo Tribunal Ambiental), configurándose una afectación significativa “sobre el componente aire, así como en la salud y calidad de vida de la población aledaña a la PTAS EL Melón, dado que se han visto sujetos a una afectación a su diario vivir por un periodo de a lo menos 10 años”.

Segundo Ambiental Tribunal visitó la planta de tratamiento de aguas servidas de El Melón en noviembre de 2023
Equipo del Segundo Ambiental Tribunal inspeccionó el funcionamiento de la planta de tratamiento de aguas servidas de El Melón en noviembre de 2023. Fue la última visita que realizó la entidad antes de la sentencia condenatoria.

El Tribunal declaró que el mal funcionamiento de la PTAS responsabilidad de la Municipalidad de Nogales ha causado daño ambiental, y resolvió condenarla a reparar el medio ambiente dañado. Para ello, el municipio deberá presentar, en un plazo de 60 días desde la notificación de la sentencia, un Plan de Reparación, que debe considerar acciones de corto plazo y modificaciones de mediano plazo. Para el primero cuenta con un plazo de 90 días corridos, y para el segundo, dos años, sin prórroga.

Municipio deberá mejorar la calidad del agua que descarga la planta sobre el Estero El Melón

En el corto plazo, el Tribunal ordenó a la municipalidad eliminar el origen de la perturbación ambiental, el control de olores y el análisis de condición inicial del Estero El Melón. Es decir, deberá mejorar la calidad del agua que descarga desde la PTAS a dicho curso, en forma tal que cumpla la normativa ambiental.

“En el Estero el Melón, la Municipalidad de Nogales deberá realizar un estudio físico-químico de condición inicial, en los sedimentos y columna de agua, en un punto aguas arriba de la descarga y dos puntos aguas abajo de la descarga. Los parámetros por considerar en el estudio de agua y sedimento son: coliformes fecales, pH, aceites y grasas, DBO5, sulfatos, NTK (Nitrógeno Total Kjeldahl), y fósforo total. En el caso de la columna de agua, además de los parámetros ya mencionados, se deberá agregar la medición de oxígeno disuelto”, detalla la sentencia.

Para el mediano plazo, se le instruye al municipio a realizar un análisis de factibilidad de cambio de localización de la PTAS El Melón, la incorporación de modificaciones tecnológicas y finalmente la conexión a la red pública de alcantarillado.

Municipalidad deberá informar trimestralmente los avances del plan de reparación

Cabe destacar que esta sentencia incorpora una innovación respecto de los planes de reparación decretados en demandas anteriores, los cuales debían ser presentados por el demandado ante la Superintendencia del Medio Ambiente u otros organismos sectoriales, quienes los aprobaban y detentaban la fiscalización del cumplimiento de los planes correspondientes. En este caso, el plan de reparación deberá ser presentado ante el Tribunal, quien decidirá respecto a su aprobación, sumado a que será esta misma judicatura quien conocerá del seguimiento de las acciones de reparación que debe ejecutar la Municipalidad.

Es así que la demandada deberá informar trimestralmente de los avances, sin perjuicio de las audiencias de seguimiento que agende el Tribunal, “quien podrá actuar en ellas como amigable componedor y modificar, de común acuerdo, y adecuar algunas medidas con el objeto de garantizar el cumplimiento efectivo de la reparación encomendada”.

Este último punto adquiere especial relevancia, pues dota al instrumento de reparación de la flexibilidad necesaria para ir adecuando su cumplimiento a los impedimentos que se puedan presentar, con el objetivo de mantener vigente el Plan de Reparación y evitar que, por cualquier incumplimiento, se tenga que iniciar una etapa de cumplimiento forzado.

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