Revisión y votación se da en el marco de la popularmente llamada “Ley Antinarco”, que revisó la Comisión de Seguridad Pública del Senado
ACTUALIDAD.- En la mañana de este martes, la Comisión de Seguridad Pública del Senado aprobó por 4 votos contra 1 una indicación que fija criterios para la tenencia, porte y cultivo de cannabis.
La votación favorable de la indicación propuesta por los Senadores Quintana e Insulza, corresponde al artículo 8° bis, y tuvo lugar durante la discusión del proyecto que busca «Mejorar la persecución del narcotráfico y crimen organizado, regular el destino de los bienes incautados en esos delitos y fortalecer las instituciones de rehabilitación y reinserción social.», popularmente conocido como Ley Antinarco.
El criterio corresponde a la cantidad máxima anual por usuario para uso personal adulto, considerando:
- El cultivo de 1 a 5 plantas exterior a tierra;
- El cultivo de1 a 5 plantas exterior a maceta;
- El cultivo en carpa indoor de 2 m2 en interior .
- La tenencia máxima anual de flor seca es de 500 gramos,
- El porte de flor seca es de 40 gramos.»
Diferencia entre usuario y traficante
Con la aprobación de este artículo, la ley de drogas podrá diferenciar entre usuario y traficante, generando la necesaria protección de los cultivadores de cannabis para uso personal, que son justamente quienes, a través de esta práctica, buscan alejarse de las redes de narcotráfico y de alimentar sus arcas. Otro beneficio de la indicación propuesta es que permitirá liberar recursos fiscales significativos y concretos para realmente mejorar y hacer más eficiente la persecución del narcotráfico y el crimen organizado.
Aún no hay fecha para la votación en sala pues están pendiente la votación de otros artículos del proyecto de ley .