Caso Valentina González: Tribunal accedió y Fiscalía no seguirá causa por obstrucción

Publicado el at 24/08/2024
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La joven abogada que apareció muerta en un motel de Mantagua el 2022 y tras ello se acusó a dos personas, entre ellas una jueza, a entorpecer la investigación e incluso “desaparecer” evidencia

QUINTERO.– El Juzgado de Letras y Garantía de Quintero acogió este jueves la decisión del Ministerio Público de no continuar el procedimiento por obstrucción a la investigación, en contra de Claudia Reveco Iglesias y Álex Olivares Serrano; esto en el marco de la muerte de la joven abogada Valentina González, quien apareció muerta en un jacuzzi en julio de 2022, en un motel del sector de Mantagua.

Esta causa se originó en una querella presentada en contra de Felipe Olivares, uno de los acompañantes de la joven abogada la noche en que murió; además del padre de éste, Alex Olivares y la magistrada Claudia Reveco, quien era pareja de Alex Olivares al momento de los hechos.

Una serie de acciones que habían sido registradas por cámaras de seguridad, apuntaban a que tanto el joven como su padre y la pareja de éste, ingresaron al sitio del suceso tras el hallazgo del cuerpo de Valentina y mientras se realizaban las primeras pericias, llevándose algo en una pequeña bolsa, lo que significó la acusación por entorpecimiento de la investigación e incluso la acusación de que habrían borrado  evidencia tras presentarse en el recinto donde la joven murió.

Deciden no perseverar

La decisión de no perseverar con la causa, fue solicitada por el Ministerio Público, puesto que no recolectaron los antecedentes suficientes para formalizar a los imputados; mientras que la otra parte querellante llevó una solicitud opuesta, que buscaba la reapertura de dicha investigación.

Fue así que este jueves, en la audiencia presidida por el magistrado Patricio Toro Díaz, se  rechazó la solicitud opuesta por la parte querellante , estableciendo que “la decisión de no perseverar efectuada en esta audiencia por el Ministerio Público tiene respaldo legal y este tribunal la tiene por comunicada”, según resolvió el magistrado.

Con respecto a la petición de reapertura de la investigación por la acusadora particular, el juez estimó que “(…) en orden a que dentro del plazo de 10 días la querellante no realiza una solicitud de reiteración de diligencias que oportunamente hubiese formulado durante la investigación, bastará para que el tribunal entonces deseche la solicitud de reapertura y, en consecuencia, tenga comunicada la decisión de no perseverar, sin más, y sin acceder por tanto a la reapertura”.

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(Imagen principal vía RRSS)


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