Conaf explicó paso a paso cómo serán los trabajos de sondaje que llevará a cabo el historiador holandés Bernard Keiser
VALPARAÍSO.- Tras una fuerte polémica que quedó al descubierto con la salida del ex director regional de Conaf y la denuncia del Consejo de Guardaparques sobre los permisos que el Gobierno dio al el historiador holandés Bernard Keiser para seguir la búsqueda de un tesoro en la zona protegida del Parque Nacional Archipiélago Juan Fernández; la dirección ejecutiva de Conaf emitió este martes un comunicado explicando paso a paso cómo se realizarán los trabajos de sondaje de este tesoro, los cuales aseguraron estarán acotados a un terreno de 400 metros cuadrados.
Hay que recordar que el holandés lleva más de 2 décadas en la búsqueda de un tesoro español del siglo XVIII en el archipiélago y, según explicaron las autoridades, para seguir con los sondajes en la zona protegida, consiguió las autorizaciones medioambientales del Servicio de Evaluación Ambiental, ratificado por la Superintendencia de Medio Ambiente, lo que fue determinante para la firma de un protocolo de acuerdo entre el Keiser y la Conaf, desde donde explicaron que se buscará “extremar los cuidados del área en el lugar donde se emplaza el proyecto, más allá de lo que determina la ley medioambiental”.
El protocolo consta de cuatro puntos, donde se destaca lo siguiente:
1.- Las actividades autorizadas sólo podrán desarrollarse en el área indicada en la Resolución de Calificación Ambiental, otorgada por el Servicio de Evaluación Ambiental, y estarán sujetas a la normativa y al Plan de Manejo del Parque Nacional Archipiélago de Juan Fernández.
2.- Antes de iniciar las excavaciones, el titular del proyecto deberá presentarse en la Administración del Parque Nacional para individualizar a los profesionales y trabajadores que se contraten y tomar conocimiento de las precauciones, normativas, conductas, reglamentaciones, cuidados de los bienes materiales e inmateriales del Parque Nacional, que rigen para éste y todo tipo de intervenciones al interior de un área silvestre protegida, lo que quedará plasmado en un acta suscrita por las partes, con registro de asistencia.
3.- Las actividades se realizarán entre los meses de septiembre y abril de cada año, conforme lo establecido en las Resoluciones de Calificaciones Ambientales y consultas de pertinencias asociadas al proyecto.
4.- Se deberá informar a Conaf toda acción, del titular, detectada en el área de realización de sus actividades, que signifiquen hallazgos relevantes y el deterioro o menoscabo del Parque Nacional, como asimismo deberá abstenerse de ejecutar cualquier actividad que signifique un deterioro a éste, sobre todo en lo que diga relación con el uso del fuego y sus regulaciones legales.