Tribunal estableció que lo ocurrido el 8 de noviembre “vulneró la seguridad individual de funcionarios, pacientes y de quienes están en el lugar”
VALPARAÍSO/VIÑA DEL MAR.– Este jueves, la Corte de Apelaciones de Valparaíso acogió el recurso de amparo presentado por el Servicio de Salud Viña del Mar-Quillota y el Hospital Dr. Gustavo Fricke, en contra de la V Zona de Carabineros por los procedimientos policiales registrados el viernes 8 de noviembre recién pasado, en el centro de salud.
En fallo unánime (causa rol 921-2019), la Quinta Sala del tribunal de alzada porteño –integrada por las ministras Eliana Quezada, María Cruz Fierro y la abogado (i) Susana Bontá– acogió la acción constitucional, tras establecer que el actuar de los recurridos vulneró la seguridad individual de funcionarios, pacientes y de quienes están en el lugar, por lo que ordenó a Carabineros ajustar su proceder estrictamente a la normativa constitucional y legal vigentes.
La resolución agrega: “Que si bien Carabineros de Chile se encuentra facultado para utilizar gases lacrimógenos y otros medios de disuasión con el fin de restaurar el orden público, tal desempeño se encuentra limitado por la Constitución Política de la República y en especial el protocolo que ‘actualiza las instrucciones respecto del Uso de la Fuerza’, contenido en la Circular N° 1823 de Carabineros de Chile, de fecha primero de marzo de dos mil diecinueve, que en su apartado 2.7 de forma expresa señala que ‘existe prohibición de utilizar disuasivos químicos en sectores donde pueden verse afectados, hospitales…‘”.
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